En España las Normas de Accesibilidad Universal deben ser cumplidas por una variedad de actores, tanto públicos como privados, para garantizar la igualdad de oportunidades y la no discriminación de las personas con discapacidad. De acuerdo con las normativas vigentes:
- Administraciones públicas. Todas las instituciones y organismos gubernamentales, tanto a nivel nacional como regional y local, están obligados a asegurar que los edificios, espacios públicos y servicios que gestionan sean accesibles. Esto incluye adaptaciones en infraestructuras y servicios de uso público.
- Empresas y particulares que ofrezcan bienes y servicios al público. Todas las personas físicas o jurídicas que gestionen bienes y servicios de uso común deben implementar medidas de accesibilidad y ajustes razonables en sus instalaciones. Esto aplica a comercios, transportes, entidades bancarias, centros educativos y cualquier otro lugar abierto al público.
- Promotores y constructores de edificaciones. Cualquier nuevo proyecto de construcción de España debe cumplir con los requisitos establecidos el Código Técnico de la Edificación (CTE), que incluye el documento Básico de Seguridad de Utilización y Accesibilidad (SUA). Este regula desde el diseño inicial hasta la construcción de edificios accesibles.
En resumen, tanto entidades públicas como privadas, y en particular aquellas que ofe¡recen bienes y servicios al público, deben cubrir las normas de accesibilidad universal.
Para el año 2024, las normativas más actualizadas sobre accesibilidad en espacios públicos y edificaciones son:
- RD 193/2023 de 21 de marzo por el que se regulan las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación de las personas con discapacidad para el acceso y utilización de los bienes y servicios a disposición del público. Este decreto regula los ajustes razonables que deben implementarse en espacios físicos como edificios públicos y oficinas, asegurando la accesibilidad universal.
- RD 450/2022, de 14 de junio. Modifica el Código Técnico de la Edificación (CTE), que también regula aspectos relacionados con la accesibilidad y la seguridad de utilización en los edificios, con especial énfasis en las infraestructuras que facilitan la movilidad y el uso de energías renovables.